Fundación | Clinica Reina Catalina - Barranquilla

Fundación Reina Catalina

La Fundación Reina Catalina

LA FUNDACION REINA CATALINA, entidad sin ánimo de lucro respaldada por una de las clínicas de más prestigio en la ciudad (Clínica Reina Catalina) quien brinda a la población infantil los recursos médicos, Psicológicos y terapéuticos que requieran los pacientes que sufren de Labio Leporino, Paladar Hendido y Deformaciones congénitas, que no cuentan con los medios necesarios para llevar a cabo estas operaciones y que además desconocen la existencia de canales de ayuda para superar esta patología.

Objetivos

* Crear una institución en la ciudad de Barranquilla sin ánimo de lucro que desarrolle un programa de cirugías en niños con Labio Leporino y Paladar Hendido, dirigido a familias de escasos recursos, con la finalidad de entregarles espacios donde puedan recibir asesoría sobre esta patología

* Difundir la obra de la Fundación Reina catalina, brindándoles una mejor calidad de vida a los niños con Labio Leporino Y Paladar Hendido a través de los programas de odontología, fonoaudiología y Terapia del Lenguaje para que estos niños tengan un desarrollo adecuado del lenguaje.


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Misión

Disminuir el número de niños con Paladar Hendido y Labio Leporino en el Departamento del Atlántico, realizando una labor social y humanitaria, estimulando procesos de concientización y educación en las poblaciones más vulnerables de nuestros Departamento, en su entorno familiar y escolar aumentando de esta manera su autoestima.

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Visión

Ser líderes en las cirugías de Labio Leporino y Paladar Hendido en pacientes infantiles en el Departamento del Atlántico y la Costa Caribe, con la finalidad de brindarles una mejor calidad de vida a los niños de escasos recursos que presenten esta patología.

Requisitos de permanencia Regimen Tributario Especial – ESAL

1. Un informe anual de resultados o Informe de gestión para el Sector Cooperativo que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad.

2. Los estados financieros de la entidad.

3. Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con toso los requisitos durante el respectivo año del respectivo año. (Numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.)

4. Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde conste que está legalmente constituida.

5. Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello.

6. Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que se autorice al representante legal para que solicite que la entidad permanezca como entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.

7. Copia de los estatutos de la entidad o acta del máximo órgano directivo donde se indique que el objeto social principal corresponde a una actividad meritoria, que los aportes no son reembolsados, que sus excedentes no son distribuidos y que se identifique los cargos directivos de la entidad. (Numeral 4 del Art. 1.2.1.5.1.8 del Decreto 1625 del 2016).

8. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.

9. Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección que indica el estado de las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2026, si hay lugar a ello.

10. Acta de Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable, si hay lugar a ello.

11. Registrar la Memoria Económica cuando los ingresos brutos, incluidas las ganancias ocasionales, del año gravable 2017 fueron iguales o superiores a 160.000 UVT ($5.097.440.000.)

12. Formatos 2530, 2531, 2532 XML